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Dueños de antros y bares obligados a colocar alcoholímetros
Foto de Milenio

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó, con 29 votos en favor, 2 en contra y 4 abstenciones, reformas y adiciones a la Ley de Establecimientos Mercantiles que obliga a bares, antros y restaurantes a colocar alcoholímetros en sus accesos.

En caso de que los propietarios de establecimientos mercantiles no dispongan de estos aparatos para medir los niveles de alcohol a sus clientes, serán sancionados con el cierre temporal o hasta definitivo de sus negocios.

El diputado Édgar Álvarez Castillo explicó que se trata de una medida para “no solo crear conciencia ciudadana, sino una prevención restrictiva y punitiva, de tal manera que no solamente una persona decida sino involucra al propietario del establecimiento mercantil”.

Al presentar el dictamen, el legislador refirió que con el alcoholímetro se ha avanzado en la concientización de la sociedad, pero el consumo del alcohol en establecimientos mercantiles sigue siendo elevado y los horarios son indistintos.

Aunque los accidentes vehiculares provocados por el consumo excesivo de alcohol han disminuido en 25 por ciento, es necesario dotar al gobierno de la ciudad con instrumentos jurídicos más efectivos para enfrentar el problema que existe y evitar más accidentes graves provocados por los ciudadanos que no han controlado el consumo excesivo de bebidas embriagantes, explicó el diputado.

La diputada Adriana Montiel dio a conocer que aún falta la elaboración de un reglamento que establecerá de manera precisa las sanciones tanto para los dueños de los establecimientos como para los clientes que incumplan con la aplicación de dichas pruebas.

Tras aprobadas las reformas legales los establecimientos comerciales que permitan el consumo de alcohol tendrán de 90 a 120 días a partir de la publicación de este decreto en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para adquirir el aparato medidor.

Redacción.