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En lo que sería un hecho sin precedentes y aunque no le corresponda, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos amenaza con desconocer la más exhaustiva investigación que haya realizado jamás esa misma institución, con miras a enmendar las recomendaciones que hizo el organismo hace más de un año (en el ocaso del gobierno peñanietista).

Rosario Piedra Ibarra, la cuestionada pero nueva titular, declaró el 26 de diciembre que el trabajo aquél será objeto de “análisis y valoración”, a fin de determinar si emite o no sugerencias diferentes porque se propone “buscar sinergias” con los deudos de Los 43 de Ayotzinapa “que permitan mayores avances de los logrados hasta el día de hoy”.

La revisión de la recomendación (15VG/2018), dijo, se hará en acuerdo con los familiares de los normalistas jurídicamente desaparecidos en septiembre de 2014 (de los cuales dos fueron ya identificados en los laboratorios de la universidad austriaca de Innsbruck).

Así, la CNDH se cuela por la libre a lo que, en paralelo, están haciendo la Fiscalía Especial y la Comisión de la Verdad y Acceso a la Justicia (con apoyo del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes de la CIDH), sobre la premisa de que las conclusiones de la verdad histórica son una patraña.

El abogado Iñaki Blanco, sobre cuyas primeras investigaciones y consignaciones trabajó la desaparecida Procuraduría General de la República y quien conoce el caso hasta en los más extraños entresijos, no solo fue fiscal de Guerrero cuando se produjo el crimen (la noche del 26 y madrugada del 27 de septiembre de 2014), sino que laboró 12 años en la CNDH bajo las reconocidas administraciones de Jorge Carpizo, Jorge Madrazo y José Luis Soberanes, me dijo la semana pasada (en El Asalto… de MILENIO televisión) que esa institución autónoma del Estado mexicano está impedida para indagar de nuevo lo que ya fue investigado.

“Lo que le corresponde hacer es dar seguimiento a la recomendación emitida”.

Y es que la normatividad del organismo no permite volver a explorar un caso después de haberlo hecho ya:

“No se puede hacer una nueva investigación y menos otra recomendación sobre lo mismo. Te lo digo con sustento como abogado que soy. Además, el artículo 44 de la CNDH señala que, una vez que concluye una investigación, se elabora un proyecto de recomendación en el cual se analizan hechos, argumentos y pruebas, así como elementos de convicción y diligencias practicadas, a fin de determinar si las autoridades o servidores públicos han violado o no derechos humanos”, explicó. Y recordó: “Hablamos de un organismo que es la máxima instancia del sistema no jurisdiccional de defensa de derechos humanos, que actúa con absoluta objetividad en el análisis de cualquier caso. Lo más adecuado es que se nos haga saber cuál es el grado de cumplimiento que guarda la recomendación emitida, que puede ser satisfactorio, insatisfactorio o parcial…”.

Pero nada más… ni menos.