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Completo aquí los apuntes de un eminente jurista sobre los principios de la política exterior mexicana:  “Absurdo suponer que los principios constitucionales de política exterior se inscriben en un talante revolucionario/nacionalista en el país.

Por el contrario, son principios universalmente reconocidos, considerados jus cogens, esto es, normas que no admiten acuerdo en contrario. La Carta de las Naciones Unidas, con una vigencia de 75 años, contiene normas obligatorias para todos los países que han suscrito la Carta.

No se trata de reglas ambiguas o aspiracionales. Se trata de derechos y obligaciones que imponen deberes a los Estados. Recuérdese que fue el resultado de un acuerdo fundamental para no repetir los horrores de las dos guerras mundiales previas.

No conozco a nadie medianamente enterado de los asuntos internacionales que haya reclamado que los principios son mexicanos.

Eso es totalmente falso.

Lo cierto es que, existiendo un conjunto de principios universalmente reconocidos como válidos, para propósitos del texto constitucional se llevó a cabo una selección de aquella serie de principios que, para propósitos del interés nacional, habrían de servir mejor.

“Es preciso recordar todo lo sucedido en el decenio de los ochenta del siglo pasado para entender las razones que indujeron al gobierno de la época a proteger instituciones fundamentales que se encontraban bajo asedio muy severo.

“Eso no significa que los principios referidos hayan sido siempre acatados o que no existan infortunadas violaciones. Pero serán eso: la violación a un orden jurídico, producto del capricho de un gobernante.

Un ejemplo muy infortunado de lo que señalo es la incorporación al texto constitucional que obliga al gobierno a la defensa de los derechos humanos en el exterior.

“Ya es suficientemente difícil proteger los derechos humanos en México, como todos lo sufrimos ahora.

Cumplir con ese deber a nivel universal es una legítima pero inalcanzable aspiración, al menos por ahora, si se toma en cuenta el desamparo de los mexicanos en materia de seguridad ciudadana.

“Pero es una barbaridad afirmar que los principios de política exterior incluidos en la Constitución no son obligatorios y son opcionales. Esa afirmación conduce necesariamente a perder la brújula de lo que representan el estado de derecho y la vigencia del principio de legalidad”.