Minuto a Minuto

Nacional Desarticulan banda que extorsionó durante un año a profesor de 60 años
La Fiscalía capitalina detuvo a cuatro miembros de la banda de 'Chucho' Macedo por la extorsión a un profesor, quien entregó más de 390 mil pesos
Nacional Iglesia recuerda el significado de la Navidad y rechaza “toda violencia”
La Iglesia busca que esta Navidad sea una celebración para “reconocer la dignidad de cada persona, defender toda vida y hacerle lugar al otro”
Nacional #Video Auto vuelca y cae a canal de riego en Morelos; hay 4 muertos
Tres hombres y una mujer murieron en Jiutepec, Morelos, al volcar el auto en el que viajaban y caer a un canal de riego
Internacional EE.UU. busca interceptar un tercer petrolero cerca de Venezuela, según medios
De acuerdo con CNN, el Gobierno de EE.UU. busca interceptar en el mar Caribe un tercer buque petrolero, cerca de Venezuela
Nacional Inicia operaciones nueva ruta aérea que conecta Canadá con Quintana Roo
La gobernadora Mara Lezama aplaudió la nueva conexión aérea, a través de la cual se esperan más visitantes, más empleos y más bienestar para Quintana Roo
TEPJF respalda al INE: suspende campaña de “Ratificación” de Mandato
Foto de Que siga la democracia A.C.

Por votación unánime, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) respaldo la decisión del INE para suspender la difusión de promocionales que invitEn a la “Ratificación de Mandato”del presideNte Andrés Manuel López Obrador, los cuales denunciados por violentar el derecho de participar en el ejercicio de Revocación de Mandato

Diversos partidos políticos –Acción Nacional, Movimiento Ciudadano y de la Revolución Democrática— y una ciudadana presentaron una denuncia en donde solicitaban medidas de protección temporal contra promocionales realizados por “Que siga la Democracia A.C.” y “Que siga el Presidente A.C.“, personas morales inscritas ante el Instituto Nacional Electoral (INE) para promover el procedimiento de Revocación de Mandato.

Los denunciantes argumentaron que el uso de frases como “ratificación de mandato” o “#QueSigaAMLO” confunden al electorado sobre la naturaleza jurídica de la figura de la Revocación de Mandato, contraviniendo el derecho al sufragio libre e informado. La Comisión de Quejas y Denuncias del INE acogió, preliminarmente, estas consideraciones y ordenó suspender temporalmente la difusión de dichos promocionales mientras se resuelven en definitiva las denuncias.

En contra de la determinación anterior, las referidas personas morales presentaron un recurso de revisión, solicitando continuar con la difusión de la propaganda denunciada. Alegaron, principalmente, que estas medidas violentan sus derechos de participación política y de libertad de expresión.

La sentencia aprobada, a propuesta del magistrado Indalfer Infante González, desestimó los argumentos de las asociaciones civiles y confirmó la orden de suspensión provisional, bajo las siguientes consideraciones:

  1. Las medidas cautelares o de tutela anticipada, como las dispuestas en esta ocasión por el INE, buscan impedir que se afecten derechos de modo irreparable durante la tramitación de las denuncias.
  2. Para su determinación se realiza un análisis, preliminar y ponderado, entre la existencia de la afectación al derecho y el temor fundado de que durante el trámite del procedimiento se causen daños que no puedan repararse en la sentencia.
  3. La Constitución Política establece que la Revocación de Mandato es el procedimiento de democracia directa por el que la ciudadanía puede determinar la “destitución” de la persona que ejerza la presidencia, mediante el voto directo, libre universal y secreto, antes de que concluya el periodo para el cual fue electo.
  4. El derecho consagrado es el de recabar firmas para iniciar un procedimiento de revocación de mandato por pérdida de la confianza.
  5. Por tanto, fue correcta la determinación de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, pues, bajo el análisis preliminar y ponderado, se aprecia la necesidad de suspender temporalmente la propaganda denunciada, en tanto emplea una referencia incorrecta del mecanismo “ratificación” en lugar de “revocación”.

Esta medida temporal de protección permitirá que una eventual resolución en favor de la parte denunciante pueda resarcir los daños ocasionados con la difusión de la propaganda denunciada a los derechos ciudadanos y principios Constitucionales que rigen la materia electoral”, apuntó el TEPJF en el documento.

Con información de López-Dóriga Digital