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Suprema Corte rechaza reclamo de ahorradores de Ficrea
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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó como improcedente un recurso de reclamación promovido por ahorradores de la Sociedad Financiera Popular Ficrea, involucrados en un fraude por el que exigen más de seis mil millones de pesos.

En el fallo se estableció que, por disposición expresa de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, una resolución de un tribunal colegiado al resolver un recurso de revisión constituye una sentencia definitiva e intocable que adquiere la calidad de cosa juzgada.

Ante esto, se explicó en un comunicado, no existe posibilidad jurídica de que un organismo jurisdiccional diverso, incluyendo a la propia Suprema Corte, se encuentre facultada para modificarla.

Suprema Corte rechaza reclamo de ahorradores de Ficrea - ficrea
Foto de Archivo

No obstante, la Sala precisó que la resolución no prejuzga sobre la pretensión de fondo de los quejosos; los cuales, según los antecedentes del caso, serían hasta seis mil 800 afectados en su patrimonio.

Este miércoles, el Pleno de la Segunda Sala determinó, por mayoría, el recurso de reclamación 1691/2017 interpuesto por varios ahorradores de la empresa Ficrea.

De acuerdo con los antecedentes, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) negó su competencia en el caso, favoreciendo a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para que conociera y resolviera la reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado que promovieron los quejosos.

Un grupo de ahorradores promovieron un juicio de amparo indirecto contra la determinación de la SHCP, el cual fue rechazado por la jueza XV de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México.

La magistrada resolvió, entre otras causas, que la resolución de la SHCP no causaba ningún perjuicio a los agraviados, pues estaba pendiente de que la CNBV aceptara su competencia.

Suprema Corte rechaza reclamo de ahorradores de Ficrea - suprema-corte
Foto de Internet

La SCJN detalló que, contra dicha sentencia, los quejosos interpusieron un recurso de revisión ante el XVII Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, mismo que confirmó el fallo de la jueza.

Ante la determinación, los afectados se mostraron inconformes y presentaron un nuevo recurso, el cual se consideró como improcedente por el ministro Luis María Aguilar, por la imposibilidad legal y constitucional de interponer un recurso de revisión contra lo ya resuelto en otro diverso recurso de revisión.

Los quejosos impugnaron el fallo, pero este miércoles, la Sala confirmó la improcedencia del nuevo recurso interpuesto.

“Estamos convencidos que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) sí es responsable del fraude de Ficrea, por lo que nosotros seguimos una estrategia distinta ante el Tribunal Superior de Justicia Administrativa, y se espera una sentencia entre marzo o abril”, indicó Edward Martin Regalado, representante de ahorradores defraudados.

La empresa de servicios financieros Ficrea, fundada en 2006 por Rafael Antonio Olvera Amezcua, propietario también de compañías como Leadman Trade y Baus & Jackam, obtuvo en agosto de 2008 el permiso por parte de la CNBV para operar como una Sociedad Financiera Popular (Sofipo).

Con información de Excélsior y Milenio