Minuto a Minuto

Internacional El consejero delegado de Apple, Tim Cook, descarta que vaya a retirarse este año
"No puedo imaginarme la vida sin Apple", agregó Tim Cook, de 65 años, luego de que se especulara su retiro de la compañía
Internacional Florida ejecuta al violador Michael King, su cuarta pena de muerte en menos de tres meses
Michael King es el cuarto reo ejecutado en Florida; en los próximos meses también están programadas dos ejecuciones más en el estado
Internacional El Congreso de EE.UU. cita a la fiscal general de Trump por el caso Epstein
Pam Bondi rendirá declaración el próximo 14 de abril sobre la gestión que ha hecho el Departamento de Justicia del caso de Jeffrey Epstein
Nacional Mariposa monarca ocupa 64% más de superficie de bosque en México en temporada 2025-2026
La Semarnat informó que la mariposa monarca alcanzó un aumento del 64 % respecto a las 1.79 hectáreas del periodo anterior
Nacional México se ofrece a acoger a Irán en el Mundial 2026, pero la FIFA no prevé cambios de sede
La Federación iraní negocia con la FIFA para trasladar sus partidos a México, para garantizar la seguridad de la selección de Irán
Suprema Corte ordena cumplir sentencia en caso de víctimas de tortura
Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Foto de SCJN

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que no es necesaria una orden judicial interna para cumplir la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en el caso García Cruz y Sánchez Silvestre, en la que se ordenó la eliminación de antecedentes penales de los dos, considerados víctimas de tortura.

En la sentencia de la CIDH dictada el 26 de noviembre de 2013, se determinó que el Estado mexicano violó los derechos de Juan García Cruz y Santiago Sánchez Silvestre al haber sido procesados penalmente por diversos delitos con base en declaraciones obtenidas mediante tortura, las cuales debieron ser excluidas.

Así, entre otras medidas de reparación, el tribunal interamericano condenó al Estado mexicano a eliminar los antecedentes penales de dichas personas.

Durante el trámite iniciado para cumplir con dicha resolución, un juez de Distrito de Procesos Penales de la Ciudad de México estimó que la emisión de una orden judicial interna en la que se ordenara la eliminación de tales antecedentes podría actualizar un conflicto con la figura de la cosa juzgada y el Artículo 23 constitucional.

Dicho artículo establece que ningún juicio puede tener más de tres instancias. Por tal motivo, remitió el asunto a la SCJN, para que esta resolviera lo conducente.

En la sesión, el pleno de la SCJN determinó que el objeto del expediente debía ceñirse a determinar cuáles son las obligaciones del Poder Judicial de la Federación en el cumplimiento de la medida, sin intervenir en las facultades de otros poderes.

Asimismo, resolvió que en el caso no existe el conflicto planteado por el juez, ya que la CIDH no constituye una cuarta instancia.

Finalmente, determinó que la sentencia internacional debía ser cumplida en sus términos, sin que sea necesaria una orden judicial adicional expedida por el PJF, ya que esta ya fue emitida por la CIDH en la sentencia en mención.

Con información de Notimex