Minuto a Minuto

Nacional Senado avala reforma para incluir en 28 leyes el respeto a la preferencia sexual
La reforma busca reconocer de forma transversal el respeto a la orientación sexual y la identidad y expresión de género
Nacional Detienen José Manuel “N” por presunto feminicidio en Mazatlán
José Manuel "N", de 24 años de edad, es señalado por le presunto feminicidio de Rubí “N” en Mazatlán, Sinaloa
Nacional Quintana Roo impulsa modelo de justicia cívica y mediación comunitaria
La gobernadora Mara Lezama destacó que la construcción de paz debe sustentarse en la participación social, el diálogo comunitario y el respeto a los derechos humanos
Deportes Muere Rafael del Castillo, expresidente de la FMF
Rafael del Castillo fue pieza clave en la organización del Mundial de 1986
Internacional La ONU alerta de un “efecto dominó” humanitario por la escalada en Oriente Medio
La ONU alertó que viviendas, hospitales y escuelas han sido alcanzados por los crecientes ataques en Irán, Líbano, Siria
Suprema Corte invalida artículos de la Ley Federal de Remuneraciones
Foto de la SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó este lunes al Congreso aclarar cómo se debe calcular el salario del presidente de la República, tope para todos los demás funcionarios del país.

Con un giro sorpresivo, de última hora, el Pleno de la Corte invalidó, por ocho votos contra tres, dos artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, porque no contemplan parámetros objetivos para fijar el salario del titular del Ejecutivo, lo que permite establecerlo de manera arbitraria.

La Corte ordenó al Congreso que, en los primeros 90 días del próximo periodo ordinario de sesiones, subsane las omisiones en que incurrió en los artículos 6 y 7 de esta ley, que fue la primera aprobada por la nueva mayoría de Morena en ambas Cámaras.

El Pleno de la SCJN hizo una interpretación en el sentido de que los créditos y préstamos a que alude el artículo 12 de la ley no podrán ser considerados como parte integrante de las remuneraciones de los servidores públicos.

Dichos artículos se limitan a reproducir el mandato del artículo 127 de la Constitución, que desde 2010 indica que ningún servidor público puede ganar más que el presidente, y si bien contienen otras reglas, no detallan qué factores debe tomar en cuenta la Cámara de Diputados al aprobar el monto específico.

También se  invalidaron los artículos 217 Bis y 217 Ter del Código Penal Federal, donde se establecían penas por hacer pagos de sueldos y prestaciones en exceso o por no reportar aquéllos recibidos en exceso, por considerar que violan el principio de taxatividad en materia penal.

Con información de López-Dóriga Digital