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SCJN invalida requisito para beneficiarios de pensiones en Colima
En la imagen, el recinto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Foto de SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó una disposición de la Ley de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Colima que establecía como requisito para ser beneficiario de una pensión por sobrevivencia en favor de ascendentes no poseer una pensión propia derivada de cualquier régimen de seguridad social.

En sesión remota, el alto tribunal invalidó el numeral 1, fracción III del Artículo 92 de dicha ley, por constituir una restricción injustificada al derecho a la seguridad social, conclusión a la cual se arribó a la luz de un test de proporcionalidad.

Por otra parte, la SCJN reconoció la validez de una diversa porción normativa del Artículo 92, numeral 1, fracción III de dicha normativa, que establecía que los ascendientes debían ser dependientes económicos del servidor público.

Sin embargo, se interpretó el artículo en el sentido de que no requiere una dependencia total.

La acción de inconstitucionalidad 91/2018 fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, publicada en el periódico oficial de dicha entidad el 28 de septiembre de 2018.

Con información de Notimex