
La CNDH solicitó anular las facultades del MP para asegurar bienes de la delincuencia sin una orden judicial, aprobados en la Ley de Extinción de Dominio
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió la impugnación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra la Ley de Extinción de Dominio.
El pasado 12 de septiembre, la comisión solicitó anular las facultades del Ministerio Público para asegurar bienes de la delincuencia sin una orden judicial y ponerlos a la venta aún sin que se dicte la sentencia de enajenación.
La Suprema Corte admitió la acción de inconstitucionalidad de la CNDH y ordenó emplazar al Congreso de la Unión y al presidente Andrés Manuel López Obrador a que en hasta 15 días hábiles rindan sus informes sobre la discusión, aprobación y promulgación de la ley.
Asimismo, la Fiscalía General de la República (FGR) deberá responder lo que considere pertinente.
La Ley de Extinción de Dominio regula la acción civil que tiene el Estado para quedarse con los bienes de supuestos delincuentes, independientemente del resultado de los procesos penales en su contra.
En el decreto se establece que los hechos susceptibles de la extinción de dominio son por delincuencia organizada, secuestro, delitos cometidos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, contra la salud, trata de personas, corrupción, encubrimiento, los perpetrados por servidores públicos, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita y extorsión.
Con información de El Universal