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PGR crea unidades de Combate al Secuestro y de Investigaciones Cibernéticas

La Procuraduría General de la República (PGR) publicó el Acuerdo A/077/17 por el que se crea la Unidad para el Combate al Delito de Secuestro, y se establecen sus atribuciones.

El acuerdo señala que se crea la Unidad para el Combate al Delito de Secuestro como la instancia de inteligencia encargada de la ejecución y supervisión de las acciones policiales que apoyen las investigaciones relacionadas con ese delito bajo la conducción y mando del Ministerio Público de la Federación.

La publicación, aparecida en el Diario Oficial de la Federación (DOF), agrega que la citada Unidad estará adscrita a la Policía Federal Ministerial.

Al frente de la Unidad habrá un titular, quien será designado y removido libremente por el Procurador General de la República a propuesta del director en jefe de la Agencia de Investigación Criminal.

PGR crea unidades de Combate al Secuestro y de Investigaciones Cibernéticas - pgr2
Foto de PGR

El titular de la Unidad deberá reunir los requisitos siguientes:

Ser ciudadano/a mexicano/a, en pleno ejercicio de sus derechos; tener cuando menos treinta años cumplidos el día de la designación; contar con título y cédula profesional de licenciatura o grado académico afín y contar con experiencia en las materias relacionadas con el objeto de la Unidad que se crea.

Deberá ser de notoria buena conducta y no haber sido condenado, mediante sentencia irrevocable, como responsable de un delito doloso, y los demás que se establezcan en las disposiciones jurídicas aplicables.

La Unidad para el Combate al Delito de Secuestro contará con los recursos humanos, materiales y financieros que resulten necesarios para su óptima operación y funcionamiento, en términos de la normatividad aplicable y sujetos a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos.

El personal que integre la Unidad deberá cumplir con los requisitos de ingreso y permanencia que se establecen en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones aplicables.

El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, señala el documento.

Crean Unidad de Investigaciones Cibernéticas y Operaciones Tecnológicas

La PGR también publicó el Acuerdo A/076/17 por el que se crea la Unidad de Investigaciones Cibernéticas y Operaciones Tecnológicas, y se establecen sus atribuciones.

El acuerdo destaca que se crea la Unidad de Investigaciones Cibernéticas y Operaciones Tecnológicas como la instancia de inteligencia encargada de la ejecución y supervisión de las acciones policiales que apoyen las investigaciones relacionadas con medios electrónicos y tecnológicos bajo la conducción y mando del Ministerio Público de la Federación.

La publicación, parecida en la edición de este martes del DOF, indica que la Unidad de Investigaciones Cibernéticas y Operaciones Tecnológicas estará adscrita a la Agencia de Investigación Criminal (AIC).

PGR crea unidades de Combate al Secuestro y de Investigaciones Cibernéticas - pgr-2
Foto de PGR

Al frente de la Unidad de Investigaciones Cibernéticas y Operaciones Tecnológicas habrá un titular, quien será designado y removido libremente por el Procurador General de la República a propuesta del Director en Jefe de la AIC, quien deberá reunir los requisitos siguientes:

Ser ciudadano/a mexicano/a, en pleno ejercicio de sus derechos; tener cuando menos treinta años cumplidos el día de la designación y contar con título y cédula profesional de licenciatura o grado académico afín.

Así como contar con experiencia en las materias relacionadas con el objeto de la Unidad que se crea, y ser de notoria buena conducta y no haber sido condenado, mediante sentencia irrevocable, como responsable de un delito doloso.

La Unidad de Investigaciones Cibernéticas y Operaciones Tecnológicas contará con los recursos humanos, materiales y financieros que resulten necesarios para su óptima operación y funcionamiento, en términos de la normatividad aplicable y la disponibilidad presupuestaria.

Redacción