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CURP biométrica, ¿cuándo entra en vigor?
Foto de George Prentzas / Unsplash

La CURP biométrica será una realidad en México después de su aprobación en el Congreso.

La Cámara de Diputados aprobó en lo general, y en lo particular en sus términos, reformas y adiciones a la Ley General de Población.

 ¿Qué es la CURP biométrica?

La Clave Única de Registro de Población (CURP) es un identificador único compuesto por 18 elementos alfanuméricos que acredita la identidad de las personas mexicanas, pero también de residentes extranjeros con estancia legal en el país.

Es fundamental para garantizar derechos humanos dentro y fuera de México.

Hasta ahora consta de:

  • nombre
  • sexo
  • fecha de nacimiento
  • nacionalidad
  • entidad de nacimiento
  • documento probatorio

Con los cambios aprobados a la Ley General de Población, la CURP incluirá los datos biométricos de:

  • huellas dactilares
  • escaneo del iris
  • fotografía
  • firma

Además, el sexo podrá cambiarse por género.

La Cámara de Diputados sostiene que la CURP biométrica “será el documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional”.

Podrá tramitarse en formato físico, pero también estará disponible en versión digital a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.

Será la Secretaría de Gobernación (Segob) la encargada de integrar los datos biométricos a la CURP de las personas, “en estricto apego a la normativa en materia de protección de datos personales”.

También establecerá el Programa de Integración al Registro Nacional de Población e Identidad (Renapo) de los datos biométricos de niñas, niños y adolescentes, en coordinación con autoridades de los tres órdenes de gobierno.

A su vez, la CURP biométrica podrá vincularse con el Registro del Sistema Nacional de Salud para garantizar el acceso universal a la salud.

Asimismo se establecerá una Plataforma Única de Identidad para la consulta, validación y gestión de la CURP que permita la integración de los datos, a fin de establecer el Servicio Nacional de Identificación Personal.

 CURP biométrica para la búsqueda de personas desaparecidas

La Cámara de Diputados también aprobó reformas a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida de Particulares, con las que se establece la creación de la Plataforma Única de Identidad.

Dicha Plataforma será la herramienta para la consulta, validación y gestión de las CURP con datos biométricos, las cuales asociarán a una persona con cualquier registro en poder de autoridades y particulares de cualquier naturaleza.

De esta forma, “servirá como mecanismo para el cruce, alerta y consulta de la información de sus bases de datos”.

La consulta de datos podrá ser en “cualquier registro, base o sistema de información de particulares que presten servicios financieros, de transporte, salud física y mental, telecomunicaciones, educación, asistencia privada, paquetería y servicios de entrega, registros patronales y de seguridad social, religiosos, los establecimientos residenciales de atención a las adicciones, así como toda institución privada que administre registros o bases de datos de personas”.

Así pues, la Plataforma Única de Identidad permitirá el monitoreo continuo para el seguimiento de la CURP biométrica de una persona desparecida o no localizada, con la intención de identificar cualquier movimiento, registro o actualización que lleve a su paradero.

 ¿Cuándo entra en vigor?

La CURP biométrica aún no tiene fecha de entrada en vigor, toda vez que los cambios a Ley General de Población y la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas deben ser promulgados por el Ejecutivo.

Posteriormente, las reformas deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF), con lo que habrá un plazo de 90 días naturales para su implementación.

Igualmente, será la Secretaría de Gobernación la que indique los pasos a seguir para añadir los datos biométricos a la CURP.

 ¿Es obligatoria?

Actualizar la CURP con datos biométricos no será obligatorio, aclaró José Merino, titular de la Agencia de Transformación Digital.

En entrevista con Joaquín López-Dóriga para Radio Fórmula, el funcionario precisó que solo se añadirán las huellas dactilares y fotografía a la CURP a solicitud de las personas.

Con información de López-Dóriga Digital