Minuto a Minuto

Nacional Detienen a presunto implicado en asesinato de agentes federales en Morelos
La detención se llevó a cabo en la colonia Industrial El Palmito, en el municipio de Culiacán
Economía y Finanzas Barron Trump se estrena en el mundo de los negocios con una bebida de yerba mate
La empresa fue creada en diciembre de 2025 en el estado de Delaware y cuenta con Barron Trump como uno de sus cinco directores
Internacional Trump dice que no permitirá que Irán cobre peajes a buques en el estrecho de Ormuz
Trump sostuvo que la reapertura del estrecho de Ormuz es un objetivo importante, aunque consideró que "se abrirá automáticamente" con el tiempo
Nacional Detienen en Cancún a Yoexy ‘N’, cubano acusado de narcotráfico por EE.UU.
Yoexy Vila Hernández, de nacionalidad cubana, es presunto integrante de un grupo delictivo independiente
Nacional Mazatlán vibra con la hermandad biker
Miles de bikers celebran 30 años de tradición en Olas Altas; la Semana de la Moto Mazatlán 2026 sigue hoy con rock y Pancho Barraza
Amplían plazo para revisión de firmas para candidatura de Ríos Piter
Foto de @RiosPiterJaguar

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó dar 10 días de plazo para revisar las firmas y requisitos que presentó Armando Ríos Piter para que en caso de cumplirlos se valide su candidatura presidencial independiente.

Los magistrados avalaron por cuatro votos a favor y tres en contra el proyecto de la magistrada Mónica Soto, quien propuso ordenar al Instituto Nacional Electoral (INE) reponer el procedimiento por haberse violado la garantía de audiencia de Ríos Piter.

Durante el debate, la presidenta del TEPJF, Janine Madeline Otálora Malassis, recordó que el aspirante Armando Ríos Piter no compareció a las audiencias que ofreció el INE, ni acudió cuando se le notificó que había una serie de inconsistencias en sus apoyos y en una tercera ocasión sólo compareció con un escrito y no para revisar sus apoyos.

Indicó que el quejoso sólo expuso argumentos genéricos como que la app no ha funcionado, por lo que “no hay violación alguna al derecho de audiencia. No se le puede dar una garantía de audiencia para revisar 800 mil firmas” por lo que la determinación del INE fue la adecuada porque no alcanzó el registro de dicha candidatura.