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Presidencia acusa a la SCJN de sustituir al Congreso de la Unión si invalida el proceso legislativo del Plan B electoral
Suprema Corte de Justicia de la Nación. Foto: SCJN

El Gobierno de México advirtió que si la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalida el proceso legislativo del Plan B de la Reforma Electoral incurriría en sustituir al Congreso de la Unión.

La Presidencia de la República recordó que el principio de división de poderes prohíbe a la SCJN establecer requisitos adicionales al trámite legislativo, ya que la Constitución reserva dicha facultad al Congreso de la Unión.

El pronunciamiento ocurre después de que la Suprema Corte negara la petición de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) para resolver las demandas presentadas desde 2018 contra la Ley General de Comunicación Social.

El ministro instructor propuso anular la totalidad del decreto al considerar que no se cumplieron algunas formalidades del proceso legislativo, sin embargo, el Gobierno Federal sostiene que ello es falso.

De la lectura al proyecto se constata que el ministro ponente es omiso en dar cumplimiento al artículo 17 constitucional y 39 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la norma fundamental, pues no toma en cuenta los razonamientos expuestos por las autoridades demandadas, cuando es su obligación examinar en su conjunto los argumentos de todas las partes, a fin de resolver la cuestión efectivamente planteada. De haberlo hecho, su proyecto se habría emitido en otro sentido”, acusó.

Se señala también al ministro ponente de no estudiar que el decreto impugnado fuera expedido en cumplimiento de una ejecutoria dictada en el amparo en revisión 308/2020 del índice de la propia Primera Sala de la SCJN, a pesar de que constituye una cuestión de interés público.

Por otra parte se niega que se haya transgredido el principio de deliberación democrática, como se afirma en el proyecto de sentencia, pues durante la aprobación de las leyes que integran el Plan B electoral el Congreso de la Unión cumplió los requisitos constitucionales, legales, reglamentarios, incluso con los criterios de la propia Suprema Corte.

Al tratarse de un poder derivado, sin legitimación popular, la SCJN no debe restringir las atribuciones que la norma fundamental concede al Poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las normas, siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión. De hacerlo, violará el principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre estos.”

El Gobierno Federal exhorta a que prevalezca el fondo sobre la forma, es decir, a que los ministros y ministras actúen con responsabilidad y privilegien la solución del verdadero conflicto constitucional de las normas impugnadas por encima de las formalidades de trámite a las que hace referencia el proyecto de sentencia

Con información de López-Dóriga Digital