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La reforma eléctrica de México se enfrenta a múltiples batallas legales
Foto de EFE

La reforma a la Ley de la Industria Eléctrica mexicana aprobada esta semana provocará múltiples batallas legales y solicitud de arbitrajes de empresas, asociaciones civiles y usuarios tanto en tribunales nacionales como internacionales, explican este sábado abogados consultados por Efe.

La reforma que “fortalece” a la empresa estatal la Comisión Federal de Electricidad (CFE), frente a privadas y extranjeras, aún debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF), pero ya hay elementos para combatirla, asegura Mariana Salinas, abogada especializada en el sector energético del grupo Enersave.

Las empresas, una vez que conozcan los efectos que va a producir la implementación de esta modificación, decidirán establecer una defensa legal de sus derechos, buscarán proteger los derechos que tienen adquiridos y que se respete el orden constitucional”, manifiesta.

El principal cambio de la reforma, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, es eliminar el criterio económico para despachar primero la electricidad de las plantas hidroeléctricas y de combustibles fósiles de la CFE sobre las centrales privadas de renovables.

También ordena revisar los permisos de autoabastecimiento y contratos previos del Gobierno con productores independientes de energía, además de cambiar las reglas de los Certificados de Energía Limpia (CEL) para darlos a plantas viejas de la CFE.

La normativa establece 180 días para que las dependencias encargadas expidan la reglamentación, recuerda Salinas.

Las empresas afectadas podrán presentar amparos directos en tribunales mexicanos o recurrir a arbitrajes internacionales con el argumento que “se están violando derechos básicos de libre concurrencia y de certeza jurídica”.

Legisladores de oposición, gobernadores y organismos autónomos como la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) también podrán presentar una controversia constitucional o acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El argumento más fuerte de la controversia constitucional es que esa modificación viola garantías de libre competencia y de libre concurrencia que ya están establecidas en la Constitución, en el artículo 28″, advierte Salinas.

¿Una expropiación?

La iniciativa de López Obrador, enviada al Congreso el 1 de febrero, revive los fantasmas de la expropiación o lo que algunos expertos consideran una nacionalización encubierta en el sector energético.

No queremos expropiar por expropiar, no hemos hecho ninguna expropiación desde que estoy en el Gobierno, esto lo digo para que nuestros adversarios, que no son nuestros enemigos, no infundan miedo a los inversionistas ahora con la reforma eléctrica”, expresó el presidente el miércoles.

Pero aunque no implica la toma directa de bienes por parte del Estado, las empresas podrán argumentar una “expropiación indirecta” en instancias internacionales, considera Carlos Ramos, socio de la firma internacional Hogan Lovells.

“Hay otros tipos de expropiación que tienen que ver con acciones del Estado que hacen que una propiedad o derechos se vean vulnerados, de tal manera que llegue un momento en el que ya no sea viable poder aprovechar esa inversión”, explica.

López Obrador admitió que envió la iniciativa para sentarse con una empresa española y otras 10 más para revisar contratos que hicieron durante sexenios anteriores.

Mas el artículo 14 de la Constitución establece el principio de irretroactividad de la ley.

Uno de los principios básicos del derecho es que si ya hay un contrato, el contrato se tiene que respetar, si se otorgó bajo ciertas reglas, deben respetarse y también el entorno bajo el que el contrato se hizo”, indica Miguel Mateo, experto en energía de Hogan Lovells.

‘Abanico de opciones’

Además de amparos directos y arbitrajes internacionales de generadores y sus inversores, hay múltiples actores que podrán mostrar su rechazo por vías legales, indica Ricardo Esquivel, asociado del despacho González Calvillo.

Se abre un abanico impresionantemente amplio para combatir esta reforma porque tienen derecho a combatirla por afectaciones indirectas comercializadores, los suministradores calificados y los usuarios calificados participantes del mercado”, menciona Esquivel.

Adicionalmente, dice, tienen derecho a reclamar los usuarios calificados que no son participantes del mercado eléctrico y los usuarios de suministro básico para defender sus derechos como consumidores.

Asimismo, ciudadanos y asociaciones civiles podrán presentar demandas por violaciones a sus derechos constitucionales vinculados al medio ambiente y la salud.

“Ellos no tienen un interés jurídico directo acreditable porque la norma no se les aplica de manera directa, sin embargo, los efectos de la aplicación sí les genera agravios a sus intereses legítimos”, comenta Esquivel.

Con información de EFE