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Banxico anuncia ajustes para facilitar a bancos financiamiento a mipymes y personas físicas
Banco de México Banxico. Foto de López-Dóriga Digital/Juan Pablo C. Esquivel

El Banco de México (Banxico) anunció ajustes para reforzar las facilidades para proveer de recursos a las instituciones bancarias para el financiamiento a las micro, pequeñas y medianas empresas, así como a personas físicas afectadas por la epidemia de COVID-19.

Por medio de un comunicado, el banco central aseguró que la pandemia ha incidido negativamente sobre los canales de otorgamiento de crédito en nuestro país.

Banxico recordó que el 21 de abril se anunciaron medidas para promover la liquidez a las instituciones bancarias con el fin de fortalecer dichos canales de otorgamiento de crédito, mejorar el funcionamiento de los mercados internos y promover el comportamiento ordenado de los mercados de deuda y de cambios de nuestro país.

Entre las medidas se comprenden:

  • La provisión de recursos a instituciones bancarias para canalizar crédito a micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) y a personas físicas afectadas por la pandemia.
  • La facilidad de financiamiento a instituciones bancarias garantizada con créditos a corporativos, para el financiamiento de las mipymes.

Sobre estas facilidades, se determinó hacer ajustes con la finalidad de continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero, velar por su estabilidad, y seguir impulsando el logro de los objetivos anteriormente señalados y crear mejores condiciones para que los intermediarios financieros puedan cumplir su función prioritaria de proveer financiamiento a la economía.

Estos son los ajustes anunciados:

  • Sobre el destino de los recursos de las facilidades
    • Las instituciones bancarias participantes pueden realizar operaciones de arrendamiento y factoraje financieros con las MiPyME, además del otorgamiento del crédito actualmente contemplado, con los recursos derivados de las Facilidades. Esto obedece a que las Instituciones ofrecen estas operaciones a las mipymes como vehículo de financiamiento utilizado ampliamente para satisfacer sus necesidades de capital fijo y de trabajo.
    • Precisar que las instituciones bancarias participantes (instituciones) pueden realizar operaciones de arrendamiento y factoraje financieros con las mipymes, además del otorgamiento del crédito actualmente contemplado, con los recursos derivados de las Facilidades. Esto obedece a que las Instituciones ofrecen estas operaciones a las
      mipymes como vehículo de financiamiento utilizado ampliamente para
      satisfacer sus necesidades de capital fijo y de trabajo.
    • Permitir a las instituciones que, con los recursos derivados de la facilidad identificada con el numeral 7 del anuncio referido, otorguen a las personas físicas créditos hipotecarios y automotrices con los límites y condiciones que se establezcan para ello. Esto tiene como objetivo ampliar los apoyos a dichas personas, al tiempo de coadyuvar a la recuperación de las industrias automotriz y de vivienda y construcción, así como a todas las cadenas de valor y empleos que dependen de dichas industrias.
  • Sobre las garantías requeridas a las Instituciones para obtener recursos de las Facilidades:
    • Aceptar esquemas de fideicomisos en los que se afecten los derechos
      correspondientes a portafolios de créditos hipotecarios, como
      garantías para los financiamientos que el Banco de México otorgue a
      las Instituciones bajo la facilidad identificada con el numeral 8, que
      cumplan con las condiciones establecidas para dichos efectos. Esto
      permitirá acceder a los recursos de esta facilidad a aquellas
      Instituciones que no cuenten con una cartera de créditos a empresas
      que emitan deuda bursátil, conforme a lo requerido actualmente, pero
      que sí originen créditos hipotecarios, los cuales se podrán ofrecer en
      garantía para respaldar adecuadamente el pago de los
      financiamientos otorgados a las Instituciones.
  • Sobre aspectos operativos de las facilidades:
    • Extender, a tres meses, el plazo para que las Instituciones dispongan de los recursos derivados de estas Facilidades para que otorguen los créditos a que estas se refieren.
    • Permitir que las Instituciones dispongan del monto total asignado mediante ministraciones parciales en las semanas que soliciten, a fin de que puedan colocar los recursos de dichas ministraciones en los créditos respectivos durante los próximos 20 días hábiles a cada ministración.
    • Precisar que los créditos y arrendamientos y factorajes financieros que las Instituciones hayan celebrado con las mipymes y personas físicas, según corresponda, puedan incluirse como objeto de los recursos otorgados bajo las propias Facilidades a partir de la entrada en vigor de la Circular 20/2020 y 25/2020, según corresponda.
    • Incluir entre los plazos del financiamiento de las Facilidades las opciones 12, 24 y 36 meses, a elegir por la Institución solicitante.

El Banco de México aseguró que con estos ajustes se amplían y fortalecen las medidas que contribuyen a mejorar los canales de otorgamiento de crédito de la economía.

Finalmente, Banxico informó que se mantiene atento a la evolución de las condiciones financieras en México, y de ser necesario seguirá tomando las acciones que se requieran en ejercicio de sus facultades.

Con información de López-Dóriga Digital