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Inconstitucional, Ley de Seguridad Interior: José Ramón Cossío
Foto de El Financiero.

“Estoy en contra de la propuesta del proyecto”, señala el documento que externa la postura del ministro José Ramón Cossío sobre la Ley de Seguridad Interior.

A través de su cuenta de Twitter, el ministro Cossío Díaz dio a conocer un documento de 10 hojas en las que muestra su postura sobre la acción de inconstitucionalidad 6/2018 y sus acumuladas 8/2018, 9/2018, 10/2018, 11/2018, 16/2018 y 21/2018, donde se impugnó la constitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior.

En los antecedentes de su argumentación jurídica, señala Cossío que respecto a la actuación de las fuerzas armadas en tiempos de paz, “la Constitución Federal establece un esquema normativo muy claro sobre su estructura y operación”.

Luego indicó que el análisis debe partir del artículo 129 de la Constitución, que dice “En tiempos de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”.

Cossío argumenta que el artículo genera una distinción conceptual entre paz y guerra.

En cuanto a la facultad del Presidente de la República para declarar la guerra, José Ramón Cossío indica que solo tiene la posibilidad de iniciar la declaración de suspensión de derechos, establecida en el artículo 29, en casos de invasión, perturbación grave de la paz pública o cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto.

“La disposición de las fuerzas armadas por parte del Presidente de la República debe darse únicamente en este contexto”, enfatiza Cossío Díaz.

Posición del ministro Cossío Díaz

SCJN perfila invalidez de Ley de Seguridad Interior

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) continuó con el análisis de la Ley de Seguridad Interior, y se perfila que declare inconstitucional esta normatividad que fue impugnada por legisladores federales e instituciones de derechos humanos.

En la sesión de este martes, los ministros Eduardo Medina Mora, José Ramón Cossío Díaz, Arturo Zaldívar, Norma Piña Hernández, Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Postisek se pronunciaron por la inconstitucionalidad total de la Ley de Seguridad Interior, sin que se haya dado todavía una votación al respecto.

Con ello, el pleno del alto tribunal está a dos votos de invalidar en su totalidad la Ley de Seguridad Interior, porque seis ministros señalaron que el Congreso de la Unión no está facultado constitucionalmente para legislar sobre el tema.

Entre otros argumentos, dicha mayoría precisó que la facultad que el Artículo 89, fracción VI de la Constitución Federal otorga al presidente de la República para disponer de las Fuerzas Armadas, no puede ser utilizada como una habilitación al Congreso.

Además, consideró que no hay diferencia entre la seguridad nacional y la seguridad interior, por lo que la ley de análisis solo tiene por objeto justificar la intervención permanente de las Fuerzas Armadas en la seguridad pública.

La ministra Norma Piña Hernández se sumó a la propuesta de invalidez total, aunque por vicios en el proceso legislativo.

El ministro Eduardo Medina Mora advirtió que de no invalidarse en su totalidad la ley, “podría perpetuarse el instintivo perverso, de que las autoridades civiles, es decir, no militares, se desatiendan del mandato constitucional y ético de cumplir con la obligación más básica, de dar certidumbre a los ciudadanos”.

Medina Mora puntualizó que la pretensión del Congreso de regular el ejercicio de una facultad presidencial sin tener atribución expresa para hacerlo, presenta graves deficiencias constitucionales.

De esta forma, la SCJN continuó el análisis de la acción de inconstitucionalidad 6/2018 y sus acumuladas 8/2018, 9/2018, 10/2018, 11/2018, 16/2018 y 21/2018, promovidas por diputados federales y senadores.

Además, por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), el partido Movimiento Ciudadano, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), y la Defensoría de los Derechos Humanos del Estado de Querétaro.

Del mismo modo, la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Jalisco, todos los cuales demandaron la invalidez del Decreto por el que se aprueba la Ley de Seguridad Interior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2017.

En la sesión del jueves 15 continuará la discusión de este asunto.

Con información de El Universal y Notimex