Minuto a Minuto

Internacional Irán eleva a 50 los muertos por los ataques de EE.UU. en las últimas tres semanas
Entre los fallecidos hay cinco mujeres y dos menores, mientras que entre los heridos figuran 32 mujeres y 18 niños y adolescentes
Nacional Un total de 137 réplicas tras terremoto de magnitud 7.4 en Chiapas sin víctimas ni daños
El SSN informó que, tras el sismo en Ciudad Hidalgo, Chiapas, se registraron 137 réplicas, la mayor de magnitud 6.5
Nacional Lluvias intensas golpearán gran parte del país; monitorean posible ciclón frente a Jalisco
Las lluvias más intensas se prevén en Chihuahua, Sinaloa, Durango y Nayarit, mientras que en el resto del país habrá chubascos y lluvias fuertes
Nacional Detienen a Jesús Plácido, líder del Consejo Indígena en Guerrero
Las autoridades señalaron que la investigación está relacionada con el homicidio de José Pablo Xanteco Bartolo, integrante de una comunidad indígena nahua
mundial 2026 WhatsApp, Instagram y Facebook registran récords de actividad por el Mundial 2026
Meta señaló que estos resultados reflejan el papel de sus plataformas como espacios para la conversación en el marco del Mundial 2026
Aprueban candidatura de Adolfo Ríos en Querétaro
Foto de Acontecer Querétaro

El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) resolvió que es procedente la solicitud de registro de la plantilla del ayuntamiento de Querétaro por la coalición Juntos Haremos Historia, por lo que Adolfo Ríos se confirma como candidato a alcalde.

En esencia, la parte actora argumentaba que el candidato incumplía con el requisito de los tres años mínimos de residencia en esta ciudad para poder participar en la contienda electoral, pidiendo se revocara su candidatura.

En el estudio del caso se advirtió que el candidato presentó una constancia de residencia como parte de los requisitos para registrarse como aspirante a candidato que certifica que reside en el municipio referido desde hace tres años.

Dicha constancia fue cuestionada debido a que, en la misma solicitud de registro, se anexó una copia de la credencial de elector, misma que fue expedida en el año 2016.

El Tribunal Electoral tomó en cuenta que la credencial para votar, por su naturaleza jurídica, no es el medio idóneo para probar la residencia y no produce los efectos que una constancia de residencia.

Contrario a lo argumentado por la parte actora, el Tribunal Electoral determinó que el candidato cumple con el requisito de residencia efectiva.

En virtud de lo anterior, el Tribunal Electoral consideró los agravios presentados como infundados y resolvió confirmar las resoluciones impugnadas.