Minuto a Minuto

Internacional Arabia Saudita intercepta un dron lanzado contra La Meca
El portavoz militar, que no dio más detalles sobre el tipo de dron ni la operación que condujo a su destrucción, cree que este ataque frustrado quedará "como una marca de vergüenza en el historial de violaciones cometidas" por los hutíes
Nacional El grito ahogado de las estudiantes en Cuernavaca: “Para nada nos sentimos seguras”
La crisis de violencia, con especial incidencia entre las mujeres, es de tal magnitud que ha obligado a cambiar la vida cotidiana de las universitarias mexicanas
Nacional Morena designa a Verónica Díaz Robles como coordinadora de la Defensa de la Transformación en Zacatecas
Díaz Robles será la encargada de encabezar los trabajos del partido guinda de cara al proceso electoral de 2027
Nacional Vinculan a proceso a Alexis ‘N’, vinculado con el homicidio de Carlos Manzo
'El Brilloso' es señalado como líder regional del Cártel Jalisco Nueva Generación
Internacional Identifican en Tanzania una nueva especie de dinosaurios de 240 millones de años
Esta nueva especie, hallada en Tanzania, podría ayudar a redefinir la cronología de su evolución temprana de los dinosaurios
Multa TEPJF al PRI por realizar gastos que carecen de objeto partidista
Foto de TEPJF_informa

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por unanimidad de votos, confirmar la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), respecto del procedimiento en materia de fiscalización contra del Partido Revolucionario Institucional (PRI).

El INE impuso una sanción de tres millones 836 mil, 988.98 pesos al PRI por erogaciones vinculadas con el aniversario de los 70 años de existencia de la Confederación Nacional de Organizaciones Populares (CNOP) y las cuales están contenidas en el informe anual 2013, gasto que carece de objeto partidista.

El partido presentó demanda en contra de tal determinación, señalando que la autoridad electoral resolvió el procedimiento de queja con la normativa introducida por la reforma 2014, cuando las presuntas violaciones se relacionan con los gastos ordinarios del año 2013. También alegó que la resolución recurrida no estaba debidamente fundada y motivada, porque no fueron debidamente analizadas las circunstancias en el contexto en que los hechos acontecieron, además de que la sanción impuesta resultaba excesiva.

La Sala Superior del TEPJF determinó que, contrario a lo argumentado por el partido, la actuación de la autoridad resulta apegada a Derecho, al haberse sustentado en el marco legal vigente en el momento en que se cometieron las conductas infractoras, y no con el nuevo esquema de fiscalización introducido por la reforma de 2014.

Sobre la adecuada fundamentación de la resolución y sanción impuesta, consideró apegadas al orden legal las conclusiones y razonamientos expuestos por el INE, en el sentido de que los gastos relativos a la celebración del aniversario de la CNOP carecen de objeto partidista y no pueden considerarse como propias de un partido político.

El TEPJF subrayó que la sola presencia de miembros del partido en el evento no justificaba ni legitimaba su realización, porque su objetivo central no tuvo fines propagandísticos o de afiliación.