
Los ministros indicaron que el aseguramiento de operaciones financieras vulnera de manera directa el derecho fundamental a la propiedad
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como ilegal la facultad de las procuradurías para congelar cuentas y activos financieros durante la investigación de un delito sin una orden judicial previa.
Para la mayoría de los ministros, es inconstitucional el artículo 242 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), el cual establece lineamientos para las autoridades ministeriales.

“El aseguramiento de operaciones financieras vulnera de manera directa el derecho fundamental a la propiedad y de manera indirecta, según las circunstancias de cada caso, también puede incidir en derechos como la alimentación, la salud, la libertad de comercio o de trabajo”, señalaron.
Asimismo, el pleno de la SCJN, por unanimidad, declaró inválido el “aseguramiento por valor equivalente”, por lo que no se pueden realizar embargos sin la autorización de un juez.
Con información de Excélsior