
El TEPJF señaló que la devolución se llevará a cabo a partir del presente ejercicio y también contempla los recursos no utilizados o devengados durante el año
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó por mayoría de votos que los partidos políticos deberán devolver al erario público los remanentes del financiamiento público entregado para actividades ordinarias y específicas que no hayan sido comprobados.
En un comunicado, el TEPJF señaló que la devolución se llevará a cabo a partir del presente ejercicio y también contempla los recursos no utilizados o devengados durante el año.
La medida se da luego de la confirmación del Dictamen Consolidado y la Resolución del Instituto Nacional Electoral (INE) respecto a las irregularidades encontradas en la revisión del Informe Anual de Morena, correspondiente a 2016.
“Los partidos políticos son sujetos obligados por las normas presupuestales y hacendarias, y que el Constituyente les asignó la calidad de entidades de interés público. Por ello, los recursos derivados del financiamiento público de los partidos se rigen por los principios que regulan el gasto público, como los de economía, austeridad, racionalidad y anualidad del presupuesto”, agregó.

La Sala Superior consideró que los partidos políticos se encuentran obligados a realizar los reintegros de los remanentes, ya que estos no están contemplados entre las excepciones que el Congreso de la Unión señaló en las leyes hacendarias y presupuestales.
Explicó que de no hacerlo, “implicaría permitir que los partidos ejerzan recursos para fines distintos a los constitucionalmente previstos, lo cual los alejaría de la transparencia presupuestaria con la que deben conducirse quienes reciben recursos públicos”.
El TEPJF ordenó al INE crear los lineamientos para los procedimientos de cálculo, determinación, plazos y formas en los que deberán devolverse los remanentes de financiamiento público ordinario permanente y de actividades específicas no devengados o no comprobados.