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Personas físicas tendrán hasta el 2 de mayo para presentar su Declaración Anual
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Las personas físicas tienen hasta el próximo martes 2 de mayo para presentar su Declaración Anual 2016, y ante el incumplimiento de esa obligación se les impondrán multas hasta de 30 mil 850 pesos, de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El organismo precisó que la fecha límite para que los contribuyentes obligados presenten su Declaración Anual es el 30 de abril, pero por ser este día domingo y el lunes 1 de mayo feriado por el Día Internacional del Trabajo, el plazo se recorre al martes 2 de mayo, de acuerdo con el Artículo 12 del Código Fiscal de la Federación.

Si bien a partir de este año el SAT está dando facilidades a quienes tributan por el régimen de sueldos y salarios, otros contribuyentes sí están obligados a cumplir con la presentación de su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2016.

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Estos son las que reciben ingresos por honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, enajenación y adquisición de bienes, así como los asalariados con ingresos anuales superiores a 400 mil pesos, con ingresos de dos o más patrones de forma simultánea.

En caso de incumplimiento, las multas van desde mil 240 pesos hasta 30 mil 850 pesos, además del pago del impuesto determinado, la actualización y los recargos, y los adeudos fiscales se envían al buró de crédito y formarán parte del historial crediticio del contribuyente.

De acuerdo con información del SAT, las multas por incumplimientos relacionados con la presentación de la Declaración Anual son de mil 240 a 15 mil 430 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas de manera espontánea dentro del plazo correspondiente.

De mil 240 a 30 mil 850 pesos por cada obligación del contribuyente, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por incumplimiento de dicho requerimiento.

De 12 mil 640 a 25 mil 300 pesos por no presentar las declaraciones por Internet estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o incumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados.

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Una de las novedades es que este año, quienes reciben ingresos únicamente por salarios o salarios más intereses hasta por 20 mil pesos no están obligados a presentar la Declaración Anual, o pueden presentarla en cualquier momento del año.

Adicionalmente, el uso de la e.firma (firma electrónica) sólo será necesario para saldos a favor mayores a 50 mil pesos, de manera que si la devolución es menor, la declaración puede hacerse con contraseña, la cual se podrá generar o renovar por Internet, vía telefónica o por SAT Móvil.

El organismo fiscalizador comentó que además este año, los contribuyentes con ingresos exclusivamente por salarios y saldo a favor igual o menor a 10 mil pesos, podrán presentar su declaración por teléfono.

De manera adicional, para facilitar la presentación de la Declaración Anual, el SAT ha desarrollado una aplicación que presenta una declaración prellenada con una propuesta de devolución preautorizada, por lo que el contribuyente sólo tiene que revisar y enviar.

La declaración propuesta tiene precargadas la información de ingresos, retenciones, pagos provisionales, deducciones personales y autorizadas, y en el caso de que haya saldo en contra, se generan automáticamente las líneas de captura para el pago en parcialidades.

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Las personas físicas pueden obtener una devolución de impuestos al presentar deducciones personales en su Declaración Anual, como gastos médicos, hospitalarios, funerarios, intereses reales pagados por créditos hipotecarios, donativos, transporte escolar o un estímulo fiscal por pago de colegiaturas, entre otras.

Las deducciones personales tienen un límite: el monto total (excepto donativos y estímulos fiscales) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales, equivalentes a 133 mil 225.20 pesos o de 15 por ciento del total de ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.

Hasta este 25 de abril, el SAT reportó la devolución de 10 mil 440 millones 990 mil pesos a 1.3 millones de contribuyentes que ya presentaron su Declaración Anual 2016 y obtuvieron saldos a favor del ISR.

Destacó que ante las facilidades que este año se pusieron a su disposición para presentar la Declaración Anual, de cada 10 contribuyentes que resultaron con saldo a favor, a seis se le han devuelto en promedio siete mil 900 pesos en un plazo de cinco días hábiles.

La autoridad fiscal estima que durante abril, mes en el que las personas físicas deben cumplir con la obligación de presentar su Declaración Anual, devolverá 18 mil millones de pesos a los contribuyentes que obtengan saldo a favor.

Redacción