Minuto a Minuto

Internacional Muere turista francés tras quedar varado bajo 47 grados en el Valle de la Muerte en EE.UU.
Pierre Michel Formosa, de 68 años, y otro ciudadano francés quedaron atrapados en el barro mientras transitaban por una carretera de Death Valley, California
Internacional Al menos 329 personas han muerto en el terremoto de Colombia y 247 siguen desaparecidas
El Gobierno colombiano que la cifra de heridos aumentó a 4 mil 600 y la de rescatados se mantuvo en 364
Internacional Petro hará su primer viaje como expresidente a México para asistir a un evento académico
Gustavo Petro llegará a la Ciudad de México el próximo 30 de agosto y permanecerá en el país hasta el 2 de septiembre
Deportes La MLS multa a Messi por su altercado con un jugador del Philadelphia Union
Messi encaró a Sullivan y le llevó una mano hacia la cabeza, antes de la llegada del colegiado para poner orden
Internacional Trump: el actual crecimiento del PIB resolverá el asunto de la deuda “con gran facilidad”
Trump afirmó que heredó la deuda del Gobierno Federal, pero aseguró que el desempeño económico permitirá solventarla
Juez desecha el primer amparo contra la suspensión del examen de admisión en la UNAM
La Torre de Rectoría de la UNAM. Foto de Notimex (Archivo)

Un juez federal desechó el primer juicio de amparo en contra de la suspensión del examen de admisión a licenciatura de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Fue Ulises Oswaldo Rivera González, titular del Juzgado Cuarto de Distrito en materia Administrativa, quien desestimó el recurso judicial presentado por Brenda Haydde “N” el 4 de agosto, en contra la decisión del rector Leonardo Lomelí Venegas.

Ducha decisión ocurrió en el marco de un  criterio jurisprudencial emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en donde se detalla que las universidades públicas gozan de independencia para establecer los requisitos de ingreso, promoción y permanencia de una persona.

“Visto el contenido de la demanda, este órgano jurisdiccional considera que, conforme a lo dispuesto en los artículos 113 y 5º, fracción II, de la Ley de Amparo, procede desecharla de plano, porque se advierte un motivo indudable y manifiesto de improcedencia, en tanto que sobre casos como éste existe criterio jurisprudencial temático de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el cual dejó establecido que las universidades públicas que gozan de independencia para determinar por sí solas los términos y condiciones en que desarrollarán los servicios educativos que presta, así como los requisitos de ingreso y promoción, y de permanencia de su personal”, se apuntó.