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Diputados aprueban, en lo particular, reforma que aplaza la elección judicial hasta 2028
Foto de Cámara de Diputados

La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular con cambios, el dictamen que reforma la Constitución para aplazar la elección judicial de 2027 hasta el primer domingo de junio de 2028, y en donde se precisa que la revocación de mandato será el primer domingo de junio del cuarto año del periodo constitucional.

En lo particular, fue ratificado con la mayoría calificada de 322 votos a favor, 132 en contra y 22 abstenciones, con los cambios aceptados por el Pleno, a efecto de que magistradas y magistrados de Sala Superior del Tribunal Electoral que estén en funciones puedan ser elegibles para un nuevo periodo en la elección federal que se celebre en 2028, sobre las secciones en la SCJN y duración en el cargo de magistrados de circuito y jueces de distrito.

Revocación de mandato, el primer domingo de junio del cuarto año del periodo constitucional

Se aceptó del diputado Reginaldo Sandoval Flores (PT) modificación al artículo 35 de la Carta Magna, para que se precise que no va a haber posibilidad de que empaten las elecciones federales con la revocación de mandato.

“Va a quedar que sea el primer domingo de junio del cuarto año del periodo constitucional”, y en esa lógica nunca podrá empatarse la revocación de mandato con ninguna elección intermedia federal o la elección constitucional de la presidencia de la República”.

Magistradas y magistrados de Sala Superior del Tribunal Electoral podrán ser reelectos en 2028

También se aceptó la reserva del diputado Sergio Gutiérrez Luna (Morena) para modificar el artículo cuarto transitorio del decreto publicado el 15 de septiembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación, a fin de precisar que las magistradas y magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que se encuentren en funciones a la entrada en vigor del presente decreto, podrán ser elegibles para un nuevo periodo en la elección federal que se celebre en 2028.

Gutiérrez Luna mencionó que con el cambio se salvaguarda el principio de igualdad y no discriminación, ya que se corrige el trato diferenciado e injustificado entre las magistraturas de la Sala Superior y el resto de las personas juzgadoras sujetas al nuevo modelo constitucional de elección judicial, dado que la Sala Superior tutela los derechos político-electorales y la regularidad constitucional de las elecciones, por lo que, al excluir a sus integrantes, se debilita el reconocimiento institucional de esa función estratégica.

Con información de López-Dóriga Digital