
La ministra Yasmín Esquivel Mossa se pronuncia contra el bloqueo de cuentas sin orden judicial avalado por la SCJN
La ministra Yasmín Esquivel Mossa se pronunció en contra del bloqueo de cuentas bancarias sin orden judicial, el cual fue avalada en la previa por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
No puede haber justicia sin reglas claras.
Cuando el Estado puede congelar cuentas bancarias y dejar a una persona sin acceso a sus propios recursos, la ley debe establecer con precisión cuándo, cómo y por qué.
Hoy, eso no está definido.Las y los mexicanos no pueden quedar… pic.twitter.com/bsG0Isnhlq
— Yasmín Esquivel Mossa (@YasminEsquivel_) April 7, 2026
Esquivel Mossa dejó en claro sobre que en este caso n”o puede haber justicia sin reglas claras”.
Cuando el Estado puede congelar cuentas bancarias y dejar a una persona sin acceso a sus propios recursos, la ley debe establecer con precisión cuándo, cómo y por qué. Hoy, eso no está definido”, indicó.
“Las y los mexicanos no pueden quedar sujetos a decisiones basadas en criterios ambiguos o indeterminados. Combatir el crimen es indispensable, pero nunca a costa de la certeza jurídica. Por eso, voté en contra en la acción de inconstitucionalidad 58/2022”, señaló la ministra Yasmín Esquivel.
La Suprema Corte avaló el lunes 6 de abril de 2026 el bloqueo de cuentas bancarias por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), como una medida para prevenir el uso de dinero de origen ilegal sin una petición judicial o de una autoridad extranjera.
Los ministros de la Corte validaron el procedimiento que regula el bloqueo de cuentas y los mecanismos de defensa de las personas afectadas, previstos en la Ley de Instituciones de Crédito.
La mayoría de los ministros de la SCJN consideró que este bloqueo no es un castigo penal, sino una medida preventiva para evitar que el dinero sospechoso se mueva mientras se revisa el caso.
La Corte también señaló que la persona o empresa afectada cuenta con mecanismos de defensa, ya que puede solicitar la revisión de la decisión y acudir a los tribunales.
Con este criterio se validan los procesos para incluir a una persona en la Lista de Personas Bloqueadas cuando existan indicios suficientes de su posible relación con los delitos de financiamiento al terrorismo, operaciones con recursos de procedencia ilícita o los asociados con los delitos señalados.
Además, el pleno resolvió dos casos concretos, en los que rechazó conceder amparos.
Con información de López-Dóriga Digital