Minuto a Minuto

Internacional Informe revela casos de abuso sexual durante décadas en la Diócesis de Rhode Island (EE.UU.)
Más de 300 niños fueron víctimas de abusos sexuales cometidos entre 1950 y 2011, hechos que la Diócesis de Rhode Island ocultó durante años
Economía y Finanzas ICC advierte que desarticular el T-MEC para pasar a pactos bilaterales sería un “desastre”
La ICC sostiene que muchos bienes cruzan México, EE.UU. y Canadá durante su producción, de ahí la importancia del T-MEC
Nacional El 76% de adultos en México tienen sobrepeso; la obesidad está normalizada, alertan expertos
Especialistas señalan que la obesidad en México está normalizada, sin ver hasta dónde llega el problema de la enfermedad
Nacional PT no apoyará nada que sea regresivo: Reginaldo Sandoval sobre reforma electoral
Reginaldo Sandoval, coordinador de los diputados del PT, condicionó el respaldo de su partido a la iniciativa de reforma electoral
Deportes Auxiliar de Jardine en el América dirigirá a equipos Sub 20 y Preolímpico de Brasil
Paulo Victor, auxiliar técnico de André Jardine con las Águilas del América, dirigirá a selecciones brasileñas
Suprema Corte falla a favor de niños y obliga a pago de alimentos retroactivos
Niña dibujando. Foto de Notimex / Archivo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución para garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a recibir alimentos de forma retroactiva.

Durante la sesión del 7 de enero, el Máximo Tribunal revocó la sentencia de un Tribunal Colegiado, que consideró satisfecha la obligación alimentaria de una niña a partir del apoyo brindado por su abuelo materno, quien la reconoció legalmente como su hija.

Al discutir el asunto, el Pleno de la SCJN determinó que el pago de alimentos, incluidos los retroactivos, son una obligación jurídica insustituible e irrenunciable de los padres biológicos.

De esta forma, que el abuelo haya reconocido como hija a su nieta y la haya proveído, no exime al progenitor de su responsabilidad.

Con la resolución, el padre biológico en cuestión deberá cubrir el pago de alimentos de la menor, de forma retroactiva.

Para establecer el monto retroactivo de los alimentos, la Suprema Corte señaló que se deberá analizar cada caso en concreto y considerar, entre otros elementos:

  • si el progenitor tuvo conocimiento del embarazo o del nacimiento
  • la buena o mala fe con la que actuó
  • corresponde al deudor alimentario acreditar que no estuvo en posibilidad de cumplir

Con esta decisión, la SCJN reiteró que los derechos de niñas, niños y adolescentes deben protegerse conforme al principio de interés superior de la infancia, lo que obliga a garantizar su desarrollo integral con la participación y responsabilidad plena de sus progenitores”, señaló en un comunicado.

Con información de López-Dóriga Digital