Minuto a Minuto

Deportes Enrique Riquelme alza la mano: desafiará a Florentino Pérez por la Presidencia del Real Madrid
Enrique Riquelme informó a la Junta Electoral del Real Madrid que tiene "la voluntad de concurrir como candidato a la Presidencia" del club
Entretenimiento Tenor Mario Rojas celebra su décimo aniversario artístico en Bellas Artes
El tenor Mario Rojas celebrará sus primeros diez años de carrera con el rol estelar de la ópera Werther de Jules Massenet
Nacional Canciller Velasco se reúne con alta representante de la UE; celebran Diálogo Estratégico
El encuentro ocurrió en el marco de la VIII Cumbre México-Unión Europea, para llevar a cabo el primer Diálogo Estratégico bilateral
Nacional Corrupción le cuesta a los mexicanos 17 mil millones de pesos
Una encuesta del Inegi arrojó que casi nueve de cada 10 mexicanos considera que los policías lideran la corrupción en el país
Economía y Finanzas Banxico anticipa pausa en los recortes a tasa de interés
El Banco de México (Banxico) considera apropiado mantener la tasa de interés en su nivel actual: 6.50 por ciento
Suprema Corte aprueba consulta popular contra expresidentes
Mazo de juez. Foto de Bill Oxford / Unsplash

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró improcedente la controversia constitucional promovida por el Instituto Nacional Electoral contra los decretos que regulan la consulta popular para llevar a juicio a los últimos cinco expresidentes de la República.

En sesión remota se reconoció la validez del Decreto por el que se expide la convocatoria de Consulta Popular y se convoca a las y los ciudadanos de la República Mexicana para que emitan su opinión sobre “las acciones para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos”; así como del Decreto que reformó su entrada en vigor.

En su demanda el INE, que deberá organizar el proceso, impugnó los decretos mencionados, al estimar que con su aprobación y expedición el Congreso de la Unión violó su autonomía constitucional y presupuestaria, al omitir proveer los recursos necesarios y suficientes para que el Instituto realizara la referida consulta, dejándolo imposibilitado para cumplir con sus funciones constitucionales.

La Primera Sala determinó que no existe ni constitucional ni legalmente una obligación dirigida al Congreso de la Unión para que al emitir el Decreto que contiene la Convocatoria a la Consulta Popular, establezca o determine los recursos económicos con los que el INE deberá llevar a cabo la organización, difusión, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de la consulta popular. Menos aún que deba hacerlo al establecer o reformar la vigencia del Decreto respectivo.

Así, la Sala consideró inexistente la omisión reclamada por el INE y por tanto infundados los conceptos de invalidez planteados.

La Sala precisó que conforme al artículo Quinto Transitorio del Decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de consulta popular y revocación de mandato, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2019, las atribuciones conferidas al INE en materia de consultas populares, se cubrirán con base en la disponibilidad presupuestaria para el ejercicio de 2019 y los subsecuentes.

Con información de López-Dóriga Digital