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Restricciones de circulación no aplicarán para personas que acudan a vacunarse contra COVID-19
Medidas de doble no circula. Foto de EFE

Las personas que viajen en automóviles particulares podrán trasladarse sin ninguna restricción a los centros de vacunación, incluso con la aplicación del doble no circula en el Valle de México.

CONFERENCIA DE PRENSA

Medidas por altas concentraciones de ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México

Publicado por CAMegalópolis en Lunes, 26 de abril de 2021

Ante la implementación del doble no circula por la alta concentración de los niveles de ozono en el Valle de México, autoridades locales confirmaron que la medida tiene excepciones y una de ellas es el caso de las personas adultas mayores que deben ser vacunadas contra el COVID-19.

“Una de las excepciones serán las personas que viajen en automóviles particulares para asistir al proceso de vacunación por la emergencia sanitaria de COVID-19”, señaló en conferencia de prensa, Sergio Zirath Hernández, titular de la Dirección General de Calidad del Aire del Gobierno de la Ciudad de México.

Las personas que acudan a vacunarse deberán presentar los comprobantes de aplicación de la vacuna o la cita de la misma así como una identificación oficial pues se les considerará como un caso similar a una emergencia médica.

Otra de las excepciones será para vehículos de uso particular de trabajadores del Sector Salud en todas sus especialidades quienes deberán portar un símbolo de salud sellado y firmado por su centro de trabajo.

Restricciones de circulación no aplicarán para personas que acudan a vacunarse contra COVID-19 - excepciones
Excepciones al Doble no circula. Gráfico de CAMe

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) activó este lunes medidas debido a las altas concentraciones de ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM).

La CAMe detalló que a las 16:00 h de este lunes, se registró un valor máximo de ozono de 159 ppb en la estación de monitoreo CCA-UNAM, ubicada en la alcaldía de Coyoacán.

Esto debido a que nuevamente se estabilizaron las condiciones atmosféricas imposibilitando la dispersión del ozono y sus precursores.

El transporte de los precursores desde otras zonas hacia la porción suroeste, en combinación con la estabilidad atmosférica en la alcaldía Coyoacán, propiciaron las concentraciones altas del contaminante.

Restricciones

La CAMe detalló que el martes 27 de abril, deberán suspender su circulación en horario de las 05:00 a las 22:00 horas:

a) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

b) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 0, 2, 4, 6, 7 y 8, así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.

c) Los vehículos de uso particular con matrícula local sin holograma de verificación y los vehículos con matrícula foránea de uso particular que no porten holograma de verificación o cuyo holograma no sea “E”, “00” ó “0”.

d) Las unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) cuya matrícula sea PAR, con excepción de aquellas que usen válvulas de desconexión seca.

e) Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas.

f) Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Restricciones de circulación no aplicarán para personas que acudan a vacunarse contra COVID-19 - restricciones
Restricciones a la circulación por el Doble no circula. Gráfico de CAMe

Con información de López-Dóriga Digital