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Definen juzgados que atenderán peticiones de amparo de factureros
Mazo de juez. Foto de @FiscaliaEcuador

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) determinó que los juzgados Primero y Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región sean los encargados de resolver los juicios de amparo concernientes a la emisión de facturas falsas.

Luego de la reforma legal que tipifica la defraudación fiscal y la compra-venta de comprobantes fiscales como delincuencia organizada, cuando el monto de lo defraudado o valor de los comprobantes fiscales sea superior a siete millones 804 mil 230 pesos, el pleno del CJF previó una posible presentación masiva de demandas de amparo, que provocaría un aumento de cargas de trabajo de los órganos jurisdiccionales, en detrimento del derecho a recibir una justicia pronta y expedita.

“Resulta indispensable determinar la concentración de las demandas de amparo de que se trata en los juzgados Primero y Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región para que las tramiten, resuelvan y se hagan cargo del cumplimiento de las sentencias que en su caso concedan el amparo y protección de la justicia federal”, señala el Acuerdo General 2/2020.

Por ello, asignó a ambos juzgados, con residencia en la Ciudad de México, para que concentren dichas demandas y cumplan las sentencias que en su caso concedan el amparo y protección de la justicia federal.

Tras la reforma legal, los ilícitos de defraudación fiscal y compra-venta de comprobantes fiscales ameritarán prisión preventiva oficiosa se sancionarán con dos a nueve años de prisión y se considerarán amenazas a la seguridad nacional.

En noviembre pasado, entraron en vigor diversas disposiciones de las leyes Federal contra la Delincuencia Organizada, de Seguridad Nacional, así como de los códigos Nacional de Procedimientos Penales, Fiscal de la Federación, y Penal Federal, así como el decreto por el que se expide la Ley Federal de Austeridad Republicana.

Si un juzgado de Distrito diferente al Primero y Segundo recibe demandas de amparo, deberá remitirla directamente a la Oficina de Correspondencia Común que le presta a ambos juzgados para que dichos órganos los resuelvan.

Con información de Notimex