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SCJN rechaza invalidar NOM 046 que facilita el aborto
Manifestación a favor del aborto en la CDMX. Foto de Cimac Noticias

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó no invalidar la NOM 046 que facilita el aborto para víctimas de violación en todo el país.

La NOM 046-SSA2-2005 deriva de una modificación de la NOM 190 para asegurar que las niñas y mujeres víctimas de violación accedan a la interrupción legal del embarazo en cualquier institución de salud pública.

Con la nueva reforma se establece que para acceder al aborto, basta con que las víctimas de violación lo soliciten por escrito; en caso de ser menores de 12 años, las niñas lo solicitarán a través de su padre, madre o tutor.

Un punto importante es que los médicos y el personal hospitalario no están obligados a verificar la violación, por lo que tampoco es necesario el permiso de alguna autoridad.

La NOM 046 tiene su origen en Baja California, en el abuso sexual de Paulina, una adolescente de 13 años de edad a quien se le negó la posibilidad de interrumpir su embarazo, producto de la agresión.

Su caso llegó en  2002 a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en 2006 las autoridades federales se comprometieron a reformar la NOM 190, relativa al derecho de atención médica a víctimas de violencia familiar.

En 2009 surgió la NOM 046, la cual fue publicada hasta 2016 en el Diario Oficial de la Federación.

Con información de López-Dóriga Digital y El Universal