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Permiten divorcios sin necesitar una razón
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La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional que las personas que deseen divorciarse, presente las causales cuando no hay mutuo consentimiento.

De acuerdo a la SCJN, la exigencia de acreditar causales para el divorcio “vulnera el derecho al libre desarrollo de la personalidad”, el cual se define como el derecho de cada persona para elegir el plan de vida que crean convenientes.

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Esta controversia inicio porque en los artículos 175 del Código Familiar para Morelos y 141 del Código Civil de Veracruz, exigían que las personas acreeditaran las causales de divorcio; por lo que la SCJN ordenó a los jueces disolver el matrimonio con la solicitud interpuesta por una de las partes.

La SCJN absorbió este caso después de que dos tribunales colegiados no coincidieron en su fallo sobre si declararlo constitucional o no.

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El fallo de la Suprema Corte no exime a los jueces para encargarse de los problemas familiares que son consecuencia del divorcio, como la custodia de los hijos y el régimen de convivencia de lo infantes.

Con información de Notimex